miércoles, 13 de mayo de 2015

El ayuntamiento de Almendral (Badajoz) convoca una plaza de Administrativo

Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposición, una plaza de Administrativo, vacante en la plantilla de esta Corporación, con carácter interino hasta que se cubra con carácter definitivo por funcionario de carrera.
Las pruebas selectivas se regirán, además de por lo establecido en estas bases, por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se aprueban las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local y el Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura.
Requisitos de los aspirantes.
1.- Los aspirantes que deseen participar en este proceso selectivo deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente. Las equivalencias de los títulos deben ser acreditadas por los propios aspirantes, exigiéndose certificación sobre las equivalencias a cargo de la autoridad académica competente.
2.- Todos los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias, mantenerse durante el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de superarse el proceso selectivo, del modo que se indica en estas bases.
Solicitudes.
1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas formularán su solicitud, en instancia oficial, según modelo que figura en el anexo I, en la que harán constar que reúnen los requisitos exigidos en las presentes bases. La solicitud se dirigirá a la Sra. Alcaldesa-Presidenta y se presentará en el plazo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Los demás actos administrativos derivados de esta convocatoria se publicarán únicamente en el tablón de edictos municipal, con el fin de lograr la celeridad exigida por la necesidad de cubrir los puestos a la mayor brevedad posible.
Las instancias oficiales para participar en el proceso se hallarán disponibles en el Ayuntamiento de Almendral, plaza de España, 1, o podrán presentarse conforme al modelo de solicitud que figura en el anexo I de las presentes bases.
2.- Los aspirantes con algún tipo de discapacidad, previa indicación en el modelo de solicitud, podrán solicitar las adaptaciones en tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios.
3.- La presentación de instancias podrá hacerse en el Registro General del Ayuntamiento, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se aprueban las Bases del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.- Deberá acompañarse a la instancia fotocopia compulsada del D.N.I. y del título de Bachiller, Técnico o equivalente, o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo. Así mismo, se acompañaran a la solicitud y mediante fotocopias compulsadas los documentos acreditativos de los méritos alegados (méritos académicos y cursos de formación) y por certificación del Secretario de la entidad o de funcionario habilitado para ello, los méritos relacionados con la antigüedad.
5.- En el caso de que se reúnan los requisitos para estar en posesión de un título o certificado pero aún no se disponga del mismo, deberá acreditarse que ha sido solicitado y que se reúnen las condiciones para obtenerlo.