Es objeto de la convocatoria la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre, de DOS plazas de Agentes de la Policía Local, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase de la Policía Local, escala Básica, subgrupo C1.
Las instancias solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo se dirigirán, en el modelo que se adjunta como Anexo I, a la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata (Plaza de España, 1, 10300 Navalmoral de la Mata).
Se presentarán en el Registro General de éste Ayuntamiento, en horas de oficina o conforme a lo dispuesto por el artículo 3 .4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en este caso la parte interesada deberá adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax dirigido al núm. 927 53 53 60, con la copia de la solicitud que se presente a través de estos medios.
El plazo de presentación será de VEINTE DIAS naturales a contar del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
El anuncio de la convocatoria también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Los derechos de examen, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7º. Epígrafe 5º 1.4., de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por expedición de Documentos Administrativos, que serán de 12,00 euros, podrán ser abonados, bien directamente o mediante giro postal o telegráfico, o en la c/c ES55 204 1003 334 0000 24 , de la entidad LIBERBANK, indicando en el comprobante o justificante “pruebas selectivas para Dos plazas de Agentes de la Policía Local. Libre”, cantidad que únicamente será devuelta si no se es admitido a examen por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria. A la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo deberá acompañarse resguardo original acreditativo de haber satisfecho dicho importe. La falta de presentación del resguardo original acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión del aspirante al proceso selectivo.
Consulta aquí las bases de la convocatoria.