____________________________________
La publicación de esta Ley es relevante para las convocatorias de oposiciones en vigor y las que se puedan convocar en los próximos meses. Entrará en vigor dentro de cuatro meses, por lo que con toda seguridad afectará al vigente proceso de selección de personal del Servicio Extremeño de Salud.
____________________________________________________________________
Los objetivos que inspiran la regulación contenida en la Ley son, en primer
lugar, lograr una mayor transparencia en la contratación pública, y en segundo lugar el de
conseguir una mejor relación calidad-precio.
Para lograr este último objetivo por primera vez se establece la obligación de los
órganos de contratación de velar por que el diseño de los criterios de adjudicación permita
obtener obras, suministros y servicios de gran calidad, concretamente mediante la
inclusión de aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados
al objeto del contrato.
También se da satisfacción aquí a la necesidad de simplificación de los trámites y
con ello, de imponer una menor burocracia para los licitadores y mejor acceso para las
PYMES. El proceso de licitación debe resultar más simple, con la idea de reducir las cargas administrativas de todos los operadores económicos intervinientes en este
ámbito, beneficiando así tanto a los licitadores, como a los órganos de contratación.
Se introducen normas más estrictas tanto en beneficio de las empresas como de sus
trabajadores, de manera que las nuevas normas endurecen las disposiciones sobre esta
materia en las denominadas ofertas «anormalmente bajas». Así se establece que los
órganos de contratación rechazarán las ofertas si comprueban que son anormalmente bajas
porque no cumplan las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral.
Por último, conviene señalar que, mediante la presente Ley se incorporan al
ordenamiento jurídico español las Directivas 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014,
relativa a la adjudicación de contratos de concesión, institución de larga tradición jurídica
en el derecho español, y la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, sobre
contratación pública, dejando la transposición de la Directiva 2014/25/UE, de 26 de febrero
de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la
energía, los transportes y los servicios postales a otra ley específica, que asimismo
incorporará al ordenamiento jurídico español la parte de la Directiva 2014/23/UE que
resulte de aplicación a los sectores citados.